Fase I

PREPARATORIA

5 MARCO LEGAL

El marco legal de los instrumentos referenciales para la Planificación y Ordenamiento Territorial en el Ecuador es amplio y está diseñado para asegurar un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio. Desde la Constitución hasta los reglamentos específicos, se establecen las bases, principios y procedimientos que guían a los gobiernos y actores involucrados en la gestión del territorio, garantizando la participación ciudadana y la coherencia con los objetivos nacionales de desarrollo.

El marco legal de los instrumentos referenciales para la Planificación y Ordenamiento Territorial en el Ecuador es amplio y está diseñado para asegurar un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio. Desde la Constitución hasta los reglamentos específicos, se establecen las bases, principios y procedimientos que guían a los gobiernos y actores involucrados en la gestión del territorio, garantizando la participación ciudadana y la coherencia con los objetivos nacionales de desarrollo.

Los PDOTs se asientan dentro de la Constitución de la República del Ecuador (2008), siendo esta la norma suprema del país que establece las bases del ordenamiento territorial en varios de sus artículos a saber:

  • Art. 3: El Estado tiene la responsabilidad de planificar el desarrollo nacional y erradicar la pobreza.
  • Art. 241: El Estado garantizará un modelo de desarrollo sostenible, descentralizado y desconcentrado, mediante la planificación y gestión del territorio.

De manera seguida se plantea el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) (2010). Este código regula la organización territorial del Estado y la descentralización del poder, en donde se declara que:

  • Art. 1: La organización territorial, competencia, funciones y administración de los gobiernos autónomos descentralizados.
  • Art. 21: La planificación del desarrollo y ordenamiento territorial es una función de los gobiernos autónomos descentralizados, que deben elaborar planes de desarrollo y ordenamiento territorial (PDOT).

Por otro lado, la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS) (2016), establece las normas y principios para la ordenación del territorio y el uso del suelo por medio de sus artículos 3 y 7, respectivamente:

  • Art. 3: Principios del ordenamiento territorial, tales como la equidad, sustentabilidad, participación ciudadana y coordinación interinstitucional.
  • Art. 7: Instrumentos de planificación, incluyendo los planes de desarrollo y ordenamiento territorial, planes de uso y gestión del suelo, y planes especiales.

Finalmente, adicional a las leyes mencionadas, existen reglamentos y normativas específicas que detallan los procedimientos y metodologías para la planificación y ordenamiento territorial. En primer lugar, el Reglamento Ley de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (2019) en donde se establecen los procedimientos técnicos y administrativos para su elaboración.

En segundo lugar, las Normativas del Instituto Geográfico Militar (IGM) que proveen las directrices técnicas para la cartografía y el uso de herramientas geoespaciales en la planificación territorial.

En tercer lugar, se tiene los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) que son los instrumentos principales que guían el desarrollo territorial a nivel local y regional, siendo estos elaborados y actualizados coherentemente con los Planes Nacionales de Desarrollo.  Estos cuentan con una estructura específica, abordando el diagnóstico territorial, la propuesta de ordenamiento, los programas y proyectos, y los mecanismos de implementación y seguimiento. Asimismo, deben ser articulados con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes sectoriales.

En cuarto lugar, para su elaboración y actualización se debe considerar la participación ciudadana y la transparencia en los procesos de planificación territorial, por medio de los mecanismos de participación (audiencias públicas, consultas y mesas de trabajo), como la publicación de los planes y procesos de planificación en plataformas accesibles para la ciudadanía.