Dentro del marco normativo del Ecuador, específicamente desde la Constitución de la República del Ecuador (CRE) (2008) y el Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD) (2010) se declaran las facultades y competencias que tienen los diferentes sectores (privativos, estratégicos y comunes) dependiendo de su nivel por Gobierno.
En este sentido, las facultades según el COOTAD (2010) son “las atribuciones que otorga la ley para el ejercicio de una competencia por parte de un nivel de gobierno” (COOTAD, 2010, art. 116). Siendo así consideradas como las potestades legales que se les otorgan para ejecutar dichas competencias, entre ellas se encuentran la rectoría, la planificación, la regulación, el control y la gestión. A continuación se explicitan un poco sobre cada una de ellas
Tabla 22. Facultades en los niveles de Gobierno
FACULTAD | DESCRIPCIÓN | GOBIERNO CENTRAL | GAD |
Rectoría | Capacidad para emitir políticas públicas | En el ámbito de competencias exclusivas, sectores privativos y estratégicos | En el ámbito de competencias exclusivas en sus respectivos territorios |
Planificación | Establecer y articular las políticas, objetivos, estrategias y acciones |
Concurrente a todos los niveles de Gobierno | |
Regulación | Emitir la normatividad necesaria para el adecuado cumplimiento de la política pública y la prestación de servicios |
Concurrente a todos los niveles de Gobierno | |
Control | Velar por el cumplimiento de objetivos y metas de los planes de desarrollo y de las normas y procedimientos establecidos |
Concurrente a todos los niveles de Gobierno | |
Gestión | Ejecutar, proveer, prestar, administrar y financiar servicios públicos |
Concurrente a todos los niveles de Gobierno |
Fuente: COOTAD (2010, art. 116). Elaboración: Equipo Técnico Consultor, 2024.
Ahora bien, en cuanto a las competencias, según el artículo 113 son aquellas “capacidades de acción de un nivel de gobierno en un sector” (COOTAD, 2010, art. 113). Siendo consideradas como atribuciones o capacidades legales que tiene un gobierno para realizar determinadas funciones. Entre su clasificación se encuentran las exclusivas, concurrentes, adicionales y residuales. Las exclusivas son “aquellas cuya titularidad corresponde a un solo nivel de gobierno (…) y cuya gestión puede realizarse de manera concurrente entre diferentes niveles de gobierno” (COOTAD, 2010, art. 114); las concurrentes “son aquellas cuya titularidad corresponde a varios niveles de gobierno debido al sector o materia, por lo tanto deben gestionarse obligatoriamente de manera concurrente” (COOTAD, 2010, art. 115).
Las adicionales y residuales son declaradas en el capítulo V, artículos 149 y 150, respectivamente, en donde las primeras “son aquellas que son parte de los sectores o materias comunes y (…) que son transferidas en forma progresiva y bajo el principio de subsidiariedad” (COOTAD, 2010, art. 149) y las segundas “son aquellas que no están asignadas en la Constitución o en la ley a favor de los gobiernos autónomos descentralizados (…) y son asignadas por el CNC” (COOTAD, 2010, art. 150).
Partiendo de las definiciones anteriores, se reconoce que identificar estas competencias y facultades específicas, así como las competencias concurrentes, es vital para asegurar una gestión eficiente y evitar duplicidades de funciones, logrando que cada nivel de gobierno entienda claramente sus responsabilidades y pueda actuar de manera efectiva dentro del marco legal vigente.
Siendo así, como a continuación se darán a conocer cuáles son las competencias exclusivas y concurrentes de cada uno de los niveles de gobierno. De acuerdo con la Constitución de la República del Ecuador (2008) en el capítulo IV, en los artículos 261 al artículo 264, definen las competencias exclusivas del Estado, de los GADs a nivel provincial, regional, municipal y rural, respectivamente.
En donde las competencias exclusivas del Estado son las siguientes:
1) La defensa nacional, protección interna y orden público; 2) Las relaciones internacionales: 3) El registro de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio; 4) La planificación nacional; 5) Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria, fiscal y monetarias: 6) las políticas de educación, salud, seguridad social y vivienda; 7) Las áreas naturales protegidas y los recursos naturales; 8) El manejo de desastres naturales; 9) Las que corresponda aplicar como resultado de tratados, entre otros (CRE, 2008, art. 261).
Las competencias exclusivas de los GAD Regionales son las siguientes:
1) Planificar el desarrollo regional y formular los planes de ordenamiento; 2) Gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas y propiciar la creación de consejos; 3) Planificar, regular y controlar el tránsito y transporte; 4) Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito regional; 5) Otorgar personalidad jurídica, registrando y controlando a las organizaciones sociales; 6) Fomentar las actividades productivas y seguridad alimentaria y 7) Gestionar la cooperación internacional. (CRE, 2008, art. 262; COOTAD, 2010, art. 32).
En cuanto a las competencias exclusivas de los GAD Provincial son las siguientes:
1) Planificar el desarrollo provincial y formular los planes de ordenamiento territorial; 2) planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial; 3) Ejecutar obras de cuencas y microcuencas; 4) Gestión ambiental: 5) Planificar, construir, operar y mantener el sistema de riego; 6) Fomentar actividades productivas y gestionar la cooperación internacional; 7) Determinar las políticas de investigación e innovación del conocimiento, desarrollo y transferencia de tecnologías. (CRE, 2008, art. 263; COOTAD, 2010, art. 42).
En cuanto a las competencias exclusivas de los GAD municipales tienen las siguientes:
Nota: Literal g sustituido por artículo único de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 804 de 25 de Julio del 2016. (CRE, 2008, art. 264; COOTAD, 2010, art. 55; Consejo Nacional de Competencias, Resolución CNC-004, 2014; Ministerio de Minería, registro Oficial N° 722, 2016).
Finalmente, en cuanto a las competencias exclusivas de los GAD rurales se tienen las siguientes:
1) Planificar el desarrollo parroquial y ordenamiento territorial; 2) Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y espacios públicos; 3) Planificar y mantener la viabilidad parroquial; 4) Incentivar el desarrollo de actividades productivas y gestionar los servicios públicos; 5) Promover la organización de los ciudadanos de las comunas, recintos y demás asentamientos rurales; 6) Gestionar la cooperación internacional: 7) Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos. (CRE, 2008, art. 267; COOTAD, 2010, art. 65).
Ahora bien, en cuanto a las competencias concurrentes, estas se derivan de las constitucionales en el capítulo IV, artículos 129 al 148 de la COOTAD, en donde se declara cuáles deben cumplir concurrentemente cada uno de los niveles de Gobierno como lo muestra la siguiente tabla.
Tabla 23. Competencias Concurrentes
NIVEL DE GOBIERNO | COMPETENCIAS CONCURRENTES |
Regional | Ejecutar políticas, normativas regionales, la planificación hídrica; así como la ejecución subsidiaria y recurrente de programas y proyectos. Asimismo, implementa el plan de manejo de cuencas, subcuencas y microcuencas (COOTAD, 2010, art. 132). |
Definición de estrategias participativas de apoyo a la producción, el fortalecimiento de las cadenas y democratización de los servicios técnicos y financieros (COOTAD, 2010, art. 135). Protección integral a la niñez y adolescencia (COOTAD,2010, art. 148). | |
Provincial | Gestión de la obtención de recursos de cooperación internacional y asistencia técnica (COOTAD, 2010, art. 131). |
Implementación del plan de manejo de cuencas, subcuencas y microcuencas. (COOTAD, 2010, art. 133). | |
Implementar la producción sustentable de alimentos (actividad pecuaria, pesca, entre otros); planificar y construir la infraestructura adecuada para fomentar la producción conservación, intercambio de alimentos (COOTAD, 2010, art. 134). | |
La definición de estrategias participativas de apoyo a la producción y fortalecimiento de las cadenas productivas (COOTAD, 2010, art. 135). | |
En el ejercicio de las competencias de gestión ambiental le corresponde gobernar, dirigir, ordenar, disponer y organizar la gestión ambiental, la defensoría del ambiente y naturaleza (COOTAD, 2010, art. 136). | |
Protección integral a la niñez y adolescencia (COOTAD,2010, art. 148). | |
Municipal | Definir el modelo de gestión de la competencia de tránsito y transporte público, delegando total o parcialmente la gestión (COOTAD, 2010, art. 130). |
Gestión de la cooperación internacional en cuanto a sus recursos y asistencia técnica (COOTAD, 2010, art. 131). | |
| Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada con las políticas públicas ambientales nacionales (COOTAD, 2010, art. 54, literal k). |
| Dictar la política pública ambiental local; elaborar planes, programas y proyectos para la protección, manejo sostenible y restauración del recurso forestal y vida silvestre; Prevenir y erradicar plagas y enfermedades que afectan a bosques y vegetación natural; regular y controlar el manejo responsable de la fauna y arbolado urbano; desarrollar programa de asistencia técnica para suministros de plántulas; desarrollar programas de difusión y educación sobre el cambio climático (COA, 2018, art. 25). |
pa | Implementar el plan de manejo de cuencas, subcuencas y microcuencas (COOTAD, 2010, art. 132). |
Implementar los sistemas de protección integral del Cantón que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la constitución y en los instrumentos internacionales (COOTAD, 2010, Art. 54, literal D). | |
Implementar la producción sustentable de alimentos, pesca, agricultura, entre otros; Planificar y construir la infraestructura adecuada para fomentar la producción, conservación, intercambio y consumo de alimentos. (COOTAD, 2010, art. 134). | |
En el ejercicio de las competencias de gestión ambiental establecerán, en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos, a fin de eliminar los vertidos contaminantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar, aguas residuales provenientes de redes de alcantarillados, así como eliminar el vertido en estas redes (COOTAD, 2010, art. 136). | |
Administrar los registros de propiedad de cada cantón (COOTAD, 2010, art. 142). | |
Formular, aprobar, ejecutar y evaluar los planes, programas y proyectos destinados a la preservación, mantenimiento y difusión del patrimonio arquitectónico, cultural y natural, de su circunscripción y construir los espacios públicos para estos fines; asimismo, preservación, mantenimiento y difusión del patrimonio cultural material e inmaterial. Será responsabilidad del gobierno central, emitir las políticas nacionales. (COOTAD, 2010, art. 144). | |
Diseño de estrategias y programas que integren las relaciones entre vivienda, servicios, espacios, entre otros. (COOTAD, 2010, art. 147). Protección integral a la niñez y adolescencia (COOTAD,2010, art. 148). | |
Rural | Gestionar la obtención de recursos de cooperación internacional y asistencia técnica para el cumplimiento de sus competencias (COOTAD, 2010, art, 131). |
Implementar el plan de manejo de cuencas, subcuencas y microcuencas (COOTAD, 2010, art. 132). | |
Promover en el marco de la economía social y solidaria a la asociación de los microempresarios, pequeños y medianos productores y brindar asistencia técnica (COOTAD, 2010, art. 134). | |
Programas, proyectos de manejo sustentable, protección, prevención y recuperación de recursos naturales; y educación ambiental (COOTAD, 2010, art. 136) | |
Rural | Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y espacios públicos de alcance parroquial (COOTAD, 2010, art. 145). |
Promover la organización de recintos, comunidades, comités barriales, entre otros para temas relacionados con lo comunitario; vigilar, supervisar y exigir que los planes, proyectos, obras y prestación de servicios a la comunidad (COOTAD, 2010, art. 146). | |
Protección integral a la niñez y adolescencia (COOTAD,2010, art. 148). |
Fuente: COOTAD (2010). Elaboración: Equipo Técnico Consultor, 2024.
En relación con las competencias concurrentes del Gobierno Autónomo Descentralizado de Pasaje, bajo el Plan Nacional de Desarrollo de 2019-2023 se identificaron:
Planificar, construir y mantener el sistema vial regional, la vialidad urbana; y planificar y mantener en coordinación con los gobiernos provinciales la vialidad parroquial rural. (Concurrente) (COOTAD. Art.32 literal d) En concordancia con la competencia se planteó:
Según el COOTAD en el art. 55 literal g que estipula planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo se planteó:
En el literal M, que plantea gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios, se planteó:
A través de la coordinación con instituciones externas al GAD, la coordinación con la dirección de Obras Públicas, se realizaron mingas comunitarias, campañas médicas y seguridad ciudadana en beneficio de las comunidades. Asimismo, se logra el involucramiento con las Unidades Básicas de Participación en varios sectores, insertando a la comunidad en los procesos de desarrollo local (Jefatura de participación ciudadana, s.f.).
A través del Consejo Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pasaje el 17 de enero de 2022, se declara la Reforma a la ordenanza sustitutiva de actualización de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial y alineación a la planificación estratégica para el periodo de 2021-2025, por medio de la Resolución Favorable Nro. GADMP-CPLP-2022-001.